Tratados de doble tributación - Colombia

Autor: Ekomercio Electrónico

La economía actual se enfrenta a un mundo globalizado, donde empresas que tienen su domicilio en un país, contratan personas en el extranjero para que realicen actividades en territorio de un tercero.

Esto es prueba que el comercio ha evolucionado y un mismo producto puede ensamblarse en diferentes países, construirse con materiales importados y venderse en múltiples lugares al mismo tiempo.

Así mismo servicios prestados desde una jurisdicción a hacia otras y viceversa, situaciones en las cuales hace falta claridad de donde debe realizarse el pago de la obligación tributaria.

Es por esto que los gobiernos necesitan establecer mecanismos, ya sean multilaterales vía tratados de doble tributación, o unilaterales, por medio de la normatividad interna de cada país, que esclarezcan en materia tributaria quienes son los sujetos activos (quien tiene derecho al recaudo del tributo), los sujetos pasivos (obligado al pago del tributo), y el hecho generador del tributo, para que las empresas puedan desempeñar normalmente sus operaciones comerciales, sin verse doblemente gravadas por un mismo hecho.

Para tal propósito, hoy en día los distintos estados procuran rápidamente hacer parte de estos acuerdos o de generar uniones que los vuelvan atractivos frente a los comerciantes, puesto que, de no avanzar en esta materia pueden verse excluidos económicamente por suponer procedimientos en materia tributarios más costosos que la competencia.

Por lo anteriormente expuesto, a continuación se expondrán las novedades en los mecanismos multilaterales asumidos por Colombia y las regulaciones internas de nuestro país para enfrentar este fenómeno de la actualidad.

¿Qué son lo Tratados de Doble Tributación?

Los tratados de doble tributación son acuerdos internacionales suscritos por distintos países que buscan evitar que a sus residentes se les imponga varios gravámenes tributarios por un mismo hecho.

Estos pueden ser multilaterales o bilaterales y pueden recaer sobre reglas de interpretación, estipulaciones normativas, entre otros acuerdos respecto de  distintos impuestos que generalmente se realizan sobre el impuesto sobre la renta y el patrimonio.

Dichos acuerdos pueden hacerse de manera parcial, lo que quiere decir que cubre determinados sectores económicos y no a la población en su totalidad, para estimular dichos mercados de manera específica.

Para el Ministerio de Hacienda de Colombia los tratados de doble tributación son “instrumentos jurídicos internacionales suscritos entre dos Estados, que se incorporan al ordenamiento jurídico interno de cada uno de ellos y que tienen por finalidad eliminar o aminorar la doble tributación internacional que afecta o dificulta el intercambio de bienes y servicios y los movimientos de capitales, tecnologías y personas, beneficiando exclusivamente a las personas naturales o jurídicas, residentes o domiciliadas en alguno de los Estados Contratantes”.

¿Cuáles son los procedimientos que generalmente se implementan para evitar la doble tributación?

  1. El primer procedimiento consiste en conceder la potestad tributaria exclusiva a uno de los Estados Contratantes para gravar la renta o el patrimonio. Puede ser al Estado donde la empresa tiene su domicilio o residencia o al Estado donde la renta se origina o tiene su fuente, entendiendo por esta el lugar en donde se prestó el servicio sin importar en donde se pague.
  1. Otra opción es implementar una normatividad que establezca que Estados Contratantes se comprometen a evitar la doble tributación, en los casos en que una renta es gravada en ambos Estados, lo cual se puede dar por medio de la concesión de créditos o de exenciones por los impuestos que ya han sido pagados en el otro Estado parte.
  1. Finalmente, otra modalidad puede ser la de otorgar la potestad tributaria a los Estados parte del contrato, pero estableciendo una tasa límite con la cual el Estado de la fuente puede gravar determinadas rentas, como lo es por ejemplo la tasa de tributación máxima del 10% existente en el tratado con España.

Este tipo de convenios son de gran importancia debido a que le otorgan competitividad a las empresas localizadas en alguno de los Estados que los suscriben.

La competitividad es la capacidad de vender en los mercados; visto desde la parte comercial, para saber si se vende o no es necesario contar con un producto cuyo costo de producción sea menor al precio por el cual es ofrecido a los demandantes, por lo tanto, los inversionistas siempre preferirán a un Estado que tenga un acuerdo de doble tributación o un acuerdo comercial importante (como la Alianza del Pacífico), por el hecho de que esto disminuye su carga tributaria, lo que aumenta en consecuencia las utilidades que este obtiene.

TRATADOS SUSCRITOS POR COLOMBIA

 

En la actualidad, Colombia tiene suscritos varios tratados para evitar la doble tributación, además de esto, el presente año se ingresó a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), acuerdo que le abre la oportunidad al país de intercambiar información tributaria y financiera con un gran número de países, adicionalmente dentro de las actividades que esta desarrolla esta la de elaborar un “formato” de convenio de doble imposición el cual propende por la neutralización de las decisiones que puede tomar un inversionista, lo cual supone un aumento en la competitividad internacional para Colombia por lo que lo deja en condiciones similares al resto de los países parte de la OCDE frente a este tema.

Por otro lado, una de las críticas que se le hacen a los convenios de doble tributación, es que generalmente se favorece el lugar de la residencia del inversor, el cual usualmente suele ser residente del país que tiene mayor poder económico, lo que tiene como consecuencia el desfavorecimiento de la economía más “débil” de la relación contractual puesto que termina cediendo la potestad tributaria frente a los intereses que pueden obtenerse de los capitales extranjeros.

Durante el 2014 se llevaron a cabo por Colombia múltiples convenios que tenían el fin de evitar la doble tributación sobre todo en el impuesto a la renta y al patrimonio.

¿Cuáles son los  convenios más importantes actualmente celebrados por Colombia?

 

PARTES

FECHA

TEMA

Colombia

Pacto Andino en 1971.

 

“Acuerdo Multilateral para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal”

Perú

Ecuador

Bolivia

Colombia

Entro a regir con la Ley  1668 de 2013

Suscripción: 13/05/2011

Acuerdo para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con el impuesto sobre la renta

La India

Colombia

Entro a regir con la ley  1692 de 2013

Suscripción: 30/08/2010

Convenio para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con el impuesto sobre la renta  y su protocolo

Portugal

Colombia

Entro a regir con la Ley 1667 de junio de 2013, promulgado mediante Decreto No. 0342 de febrero 25 de 2015, y es aplicable a partir de esa misma fecha.

Convenio para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto sobre la renta

Corea

Colombia

Entro a regir con la Ley 1568 de agosto de 2012, y es aplicable desde agosto del año 2013.

Convenio para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con los impuestos sobre la renta y el patrimonio y su protocolo

México

Colombia

Entro a regir mediante la Ley 1344 julio 31 de 2009, aplicable desde enero 1 de 2012.

Suscripción:26/10/2007

Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y patrimonio y su protocolo

Suiza

Colombia

Entro a regir mediante la Ley 1261 diciembre 2008, la cual fue aplicable desde diciembre 22 del año 2009.

Suscripción:19/04/2007

Convenio para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto a la renta y al patrimonio y su protocolo

Chile

Colombia

Entro regir mediante la Ley 1082 julio/2006, la cual fue aplicable desde octubre 23 del año 2008.

Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su protocolo

España

Colombia

Entro a regir mediante Ley 1459 de junio 29 del año 2011, aplicable desde junio 12 de 2012.

Convenio para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con el impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio, y su Protocolo, hechos en Lima a los 21 días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008).

Canadá

 

Como se puede observar Colombia ha suscrito diversos tratados con diferentes países, de los más utilizados por los comerciantes hoy en día, están los 10 convenios para evitar la doble tributación previamente enunciados. Ciertamente estos acuerdos suponen una ampliación de la gama comercial internacional de Colombia al exterior y también por parte de los inversionistas que tienen interés en este país. De no ser por este tipo de documentos, producto de políticas de economía abierta y de la globalización, muchas transacciones se perderían y el crecimiento económico se vería perjudicado.

El Derecho, sobre todo el tributario, tiene el reto constante de estar evolucionando con lo que la sociedad y el comercio (el cual avanza especialmente rápido) vayan demandando de esta área del conocimiento, por lo cual este debe procurar  mantenerse actualizado para no ser una limitación a la competitividad del país.

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